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Comisiones bancarias ilegales en 2026: que puedes reclamar, en que plazo y como hacerlo

El Tribunal Supremo ha dictado en septiembre de 2026 cuatro sentencias que consolidan la nulidad de determinadas comisiones bancarias. La comision por descubierto que duplica el interes de demora carece de causa legitima y es nula.

Cliente revisando comisiones en sus extractos bancarios

Que comisiones pueden reclamarse

Tras las cuatro sentencias del Tribunal Supremo de 7 de septiembre de 2026, la lista de comisiones bancarias reclamables tiene contornos mas definidos. La primera y mas relevante es la comision por descubierto cuando el banco cobra simultaneamente intereses de demora por excedido: la jurisprudencia considera que esa duplicidad priva a la comision de causa legitima. Si el banco ya cobra un 29% de interes de excedido, no puede ademas cargar una comision por el mismo descubierto sin acreditar que presta un servicio adicional. La segunda comision reclamable es la de reclamacion de posiciones deudoras cuando el banco no puede acreditar haber realizado efectivamente gestiones de reclamacion mas alla del simple cargo automatico.

El plazo para reclamar y el efecto del silencio

El plazo de prescripcion para reclamar cantidades cobradas indebidamente es de cinco anos desde cada cargo. En la practica, pueden reclamarse las comisiones cargadas desde 2021 en adelante. El Tribunal Supremo ha aclarado en septiembre de 2026 que el pago sostenido de comisiones durante anos sin protestar no constituye por si solo un acto propio que impida la reclamacion posterior. En materia de cobro de deudas en Tenerife, considero importante distinguir el pago de una comisión de la renuncia a reclamarla: la falta de protesta previa no equivale por sí sola a aceptar su validez.

Como iniciar la reclamacion

El proceso tiene tres fases. La primera es la recopilacion de extractos bancarios de los ultimos cinco anos y la identificacion de todos los cargos por comisiones reclamables. La segunda es la reclamacion extrajudicial ante la entidad -- que interrumpe el plazo de prescripcion -- y que en muchos casos da lugar a una oferta de devolucion parcial. La tercera, si la entidad no devuelve o devuelve solo parcialmente, es la via judicial mediante procedimiento monitorio o demanda de devolucion de cantidad.

Como abogado de reclamación de deudas en Tenerife, considero que el primer paso es revisar los extractos e identificar los conceptos reclamables. Después puede valorarse si procede acudir a juicio o intentar una reclamación extrajudicial. La cuantia recuperable puede ser desde unos cientos de euros hasta varios miles en el caso de empresas con cuentas activas durante muchos anos.

Rafael Linares Membrilla, abogado en Tenerife

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