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Herencias en Espana: las cinco preguntas que mas me hacen y sus respuestas juridicas

Las dudas mas frecuentes en materia de herencias no son las mas sofisticadas juridicamente, sino las mas practicas: que pasa si renuncio, puedo desheredar a un hijo, cuanto tengo que pagar a Hacienda, quien decide si no hay testamento, y que ocurre si un hijo tiene deudas.

Familia revisando documentación de una herencia

Primera: si renuncio a la herencia, hereda mis hijos?

Esta es probablemente la pregunta que mas se repite. La respuesta depende de lo que se entienda por cada particion de la herencia. Si la renuncia es pura y simple -- sin condiciones --, la parte del renunciante no pasa a sus hijos sino a los demas herederos del mismo rango. Esto es lo que establece el articulo 985.II del Codigo Civil, que el Tribunal Supremo ha aplicado recientemente en su sentencia de junio de 2026: la legitima estricta del que renuncia acrece a los colegitimarios, no a sus propios descendientes.

Segunda: puedo desheredar a un hijo?

En el sistema espanol, los hijos son herederos forzosos -- legitimarios -- y tienen derecho a una parte minima de la herencia que el testador no puede ignorar: la legitima estricta, que equivale a un tercio del caudal hereditario. Desheredar a un hijo requiere que concurra alguna de las causas taxativamente previstas en el Codigo Civil: haberle negado alimentos injustificadamente, haberle maltratado de obra o palabra, haber sido condenado por atentar contra la vida del testador o de sus familiares proximos, y algunas otras. Las causas de desheredacion son de interpretacion estricta.

Tercera: cuanto se paga de impuestos al heredar?

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones se regula en Espana con caracter estatal, pero las Comunidades Autonomas tienen amplias competencias para bonificarlo. En Canarias, la bonificacion sobre la cuota del impuesto es del 99,9% para los grupos I y II -- descendientes, ascendientes y conyuges --, lo que en la practica supone que la gran mayoria de las herencias en familia directa tributan de forma casi simbolica. Para los grupos III y IV -- colaterales, extraños -- la carga fiscal puede ser significativa.

Cuarta: quien hereda si no hay testamento?

La sucesion intestada -- sin testamento -- sigue un orden de llamamiento legal. En primer lugar heredan los hijos, por partes iguales; si no hay hijos, heredan los padres; si tampoco hay padres, el conyuge; y si no hay conyuge, los hermanos y sobrinos por representacion. El Estado hereda solo cuando no existe ningun pariente hasta el cuarto grado. Este orden puede ser alterado completamente con un testamento, que es el instrumento que permite al causante decidir como se distribuye su patrimonio dentro de los limites que impone la ley.

Quinta: puede un acreedor de un hijo cobrar con la herencia?

Si un hijo heredero tiene deudas, sus acreedores pueden embargar su parte de la herencia una vez aceptada. Para evitarlo, el heredero deudor puede optar por renunciar a la herencia -- perdiendo tambien lo que le corresponderia -- o por aceptar la herencia a beneficio de inventario, mecanismo que limita la responsabilidad por las deudas del causante al valor de los bienes heredados pero no impide que los acreedores propios del heredero alcancen su cuota. El asesoramiento de un abogado de herencias en Tenerife es especialmente relevante en estos casos: la decision de aceptar o renunciar tiene consecuencias definitivas que no pueden deshacerse facilmente una vez tomadas.

Rafael Linares Membrilla, abogado en Tenerife

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