Publicación de Rafael LinaresTratamiento jurisprudencial de los registros de solvencia patrimonialConsultar publicación ↗Accidente de trafico con fallecimiento posterior: como reclamar la indemnizacion por las lesiones previas a la muerte
Cuando la victima de un accidente de trafico fallece dias o semanas despues del siniestro, los herederos tienen derecho a reclamar dos indemnizaciones distintas: la que corresponde a las lesiones sufridas por la victima durante el periodo de supervivencia, y la que corresponde al fallecimiento en si mismo.

Dos tipos de indemnizacion que muchas familias desconocen
La practica habitual de las aseguradoras cuando la victima de un accidente de trafico fallece sin haber recibido el alta medica es ofrecer a la familia una unica indemnizacion: la correspondiente al fallecimiento, calculada segun el baremo de la Ley 35/2015. Lo que esa oferta suele omitir es la indemnizacion por las lesiones temporales sufridas por la victima entre el accidente y la muerte.
La Ley 35/2015 y la jurisprudencia del Tribunal Supremo son inequivocas: la indemnizacion por lesiones temporales es compatible con la que corresponde al fallecimiento, sin que una absorba a la otra. El razonamiento es sencillo: el fallecimiento es el final del proceso curativo cuando la victima no se estabiliza antes de morir, y cada dia de ese proceso genera un credito indemnizatorio que nace en el patrimonio de la victima antes de su muerte y se transmite a sus herederos.
El perjuicio excepcional del articulo 77 de la Ley 35/2015
La Ley 35/2015 contempla en su articulo 77 una indemnizacion adicional para los familiares cuando las circunstancias del periodo de supervivencia de la victima fueron singularmente gravosas: ingresos prolongados en UCI, multiples intervenciones quirurgicas, traslados a hospitales alejados del domicilio familiar, impacto severo en la vida laboral de los familiares que acompanaron a la victima. Esta indemnizacion adicional puede alcanzar el 25% del perjuicio personal basico.
El Tribunal Supremo ha precisado en la STS 387/2026 que el perjuicio excepcional no se aplica automaticamente por el mero hecho de que la muerte no fuera instantanea. Se requiere que las circunstancias del periodo intermedio fueran cualitativamente distintas y mas gravosas que las del duelo ordinario.
Como actuar si la aseguradora ofrece solo la indemnizacion por fallecimiento
La oferta de la aseguradora en estos casos no es vinculante. Es el punto de partida de una negociacion, no el punto de llegada. Como abogado de accidente de trafico en Tenerife, el primer paso que se da en cualquier caso con fallecimiento posterior es un analisis de la historia clinica de la victima para cuantificar con precision el periodo de lesiones temporales: dias de hospitalizacion, dias en UCI, intervenciones quirurgicas y sus consecuencias, dias de baja hasta el fallecimiento.
La indemnizacion por accidente que una familia recibe de una aseguradora sin haber consultado a un especialista suele ser significativamente inferior a la que le corresponderia si se cuantificaran correctamente todas las partidas. La diferencia puede ser de miles de euros, especialmente cuando el periodo de supervivencia fue prolongado y las circunstancias clinicas fueron graves.
Rafael Linares Membrilla, abogado en Tenerife
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